A- de 2021
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Claimant Juan Esteban Godoy Parra·Respondent Alcaldia De Guateque
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
- Los únicos factores de competencia en materia de tutela son el territorial, el subjetivo y el funcional
- Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
- Factor territorial
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Primero Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Sogamoso (Boyacá) y el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Guateque (Boyacá).
La controversia entre las autoridades judiciales involucradas se fundó en las diferentes interpretaciones del factor territorial.
Teniendo en cuenta que ambos despachos tienen competencia para tramitar la acción de tutela, la Corte decidió remitir el expediente al primero que la conoció, la cual es también la escogida por el actor, esto es, el Juzgado Primero Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Sogamoso, para que de manera inmediata lo tramite y adopte la decisión de fondo a la que haya lugar.
A la otra autoridad judicial se le advierte que, siempre que se considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por la autoridad judicial prevista en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la ley y la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550/18.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (8 points)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 15 de diciembre de 2020, proferido por Juzgado
- Primero. Penal Municipal con Funcion de Control de Garantias de Sogamoso (Boyaca), dentro de la accion de tutela interpuesta por Juan Esteban Godoy Parra contra la Alcaldia de Guateque.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-3944 al Juzgado
- Primero. Penal Municipal con Funcion de Control de Garantias de Sogamoso (Boyaca), para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a la que haya lugar.
- TERCERO. ADVERTIR al Juzgado
- Primero. Promiscuo Municipal de Guateque (Boyaca) que, siempre que se considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por la autoridad judicial prevista en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la ley y la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018.
- CUARTO. Por intermedio de la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR al accionante y al Juzgado
- Primero. Promiscuo Municipal de Guateque (Boyaca) la decision adoptada en esta providencia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.